El 25 de noviembre de 2009 se promulgó la Ley 20.393 la que entró en vigencia el 2 de diciembre del 2009. La ley establece la responsabilidad de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho de empleado público nacional y funcionario público extranjero, receptación, corrupción entre particulares, apropiación indebida, administración desleal, negociación incompatible, contaminación del agua, gestión de recursos hidrobiológicos vedados, actividades extractivas sin concesión de acuicultura, en áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, gestión de recursos hidrobiológicos en estado colapsado o sobreexplotado, o productos derivados, sin acreditar su origen legal, todos juntos referidos como los “Delitos”; como también el procedimiento para la investigación y establecimiento de tal responsabilidad, la determinación de las sanciones procedentes y la ejecución de éstas.
Conforme a lo dispuesto en dicha ley, las personas jurídicas son penalmente responsables por los delitos antes señalados, cuando son cometidos, directa e inmediatamente, en su interés o para su provecho, por personas que realicen actividades de administración y supervisión, y por las personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de aquellos, siempre que la comisión del delito fuere consecuencia del incumplimiento de los deberes de dirección y supervisión de la persona jurídica.
Siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley 20.393, Laboratorios Saval S.A. ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos, reglamento que da cuenta de la forma de organización, administración y supervisión con el objetivo de prevenir la comisión de los “Delitos” señalados en el artículo 1° de la Ley 20.393.
El Modelo de Prevención de Delitos que ha implementado Laboratorios Saval S.A. consiste en un conjunto de diversas herramientas y actividades de control que se realizan sobre los procesos o actividades que se encuentran expuestas al riesgo de comisión de los “Delitos” señalados en la Ley 20.393.
El Directorio de la empresa se ha designado un Encargado de Prevención, quién es responsable de establecer, implementar y monitorear el Modelo de Prevención de Delitos de Laboratorios Saval.
Las disposiciones de este reglamento son vinculantes y obligatorias para todas las personas que colaboren, presten servicios, o actúen frente a terceros a nombre de Laboratorios Saval S.A., cualquiera sea el título o calificación jurídica bajo el cual se desempeñen, sin importar si se encuentran dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero.
Toda persona que bajo cualquier título preste servicios o actúe a nombre de la empresa, sea como empleado directo, indirecto, colaborador o prestador de servicios a honorarios, deberá ser informado respecto del Modelo de Prevención de Delitos.
Todo empleado, trabajador, colaborador o prestador de servicios a honorarios está obligado a denunciar, por los canales y medios dispuestos por la Empresa, y conforme al procedimiento establecido, todo hecho que sea una infracción a las normas de este Reglamento, de los que tome conocimiento, por cualquier medio, cometidos por trabajadores, ejecutivos, directores, proveedores o clientes.